Términos y condiciones de la orden de compra

APLICABILIDAD

  • A partir de febrero 1, 2023
  • Las Secciones 1 a 36 son Cláusulas Generales aplicables a todos los Pedidos.
  • Las Secciones 37 a 41 son Cláusulas Especiales aplicables a ciertas Órdenes, como se especifica en cada Sección.
  • El Anexo A, si corresponde, contiene disposiciones adicionales que rigen las Órdenes realizadas de conformidad con un Contrato del Gobierno Federal.

CLÁUSULAS GENERALES APLICABLES A TODOS LOS PEDIDOS

  1. DEFINICIONES. Los términos en mayúscula utilizados en este documento tendrán el significado que se establece a continuación o se define en otra parte de estos Términos:
    1. “SIONYX” significa SIONYX, LLC
    2. “Bienes” hace referencia a los bienes, incluidos todos los materiales, componentes, productos, embalajes, suministros y etiquetado de dichos bienes proporcionados por el Proveedor a SIONYX de conformidad con un Pedido.
    3. “Orden” significa los documentos enumerados en la Sección 2.
    4. “Parte” significa SIONYX o el Proveedor individualmente; “Partes” significa SIONYX y el Proveedor colectivamente.
    5. “PO” significa la Orden de Compra emitida por SIONYX al Proveedor.
    6. “Servicios” hace referencia a los servicios, incluidos mano de obra, consultoría, instalación, implementación, mantenimiento y otros servicios proporcionados por el Proveedor a SIONYX de conformidad con un Pedido.
    7. “Términos” significa estos Términos de compra de SIONYX, incluidos los Anexos.
    8. "Proveedor" se refiere a la persona, empresa o entidad que figura en el anverso de la orden de compra, a quien se emite la orden de compra.
    9. “Trabajo” significa los Bienes provistos y/o los Servicios realizados por el Proveedor de conformidad con esta Orden. A menos que se especifique lo contrario, cualquier referencia a "días" significará días naturales.
  2. PEDIR. Los siguientes documentos comprenden la totalidad de una Orden, todos los cuales se incorporan por esta referencia. En el caso de una inconsistencia o conflicto entre estos documentos, la inconsistencia o conflicto se resolverá por el siguiente orden de precedencia, con los elementos enumerados más arriba teniendo precedencia sobre los elementos enumerados más abajo:
    1. La orden de compra, incluidos los términos e instrucciones escritos en la cara de la orden de compra.
    2. Cualquier término y condición especialmente negociado, incluidos, entre otros, un Acuerdo de servicios de fabricación, un Acuerdo maestro de suministro o acuerdos similares.
    3. Estos términos.
    4. Cotización del proveedor (si corresponde).
    5. Términos y condiciones del proveedor (si corresponde).

    Todos los términos o condiciones propuestos por el Proveedor que sean incompatibles con estos Términos o que se añadan a ellos serán nulos y no tendrán efecto a menos que SIONYX los acepte mediante su inclusión en el anverso de la OC o una enmienda firmada al presente. Estos Términos también se aplicarán a cualquier Trabajo reparado, reemplazado o vuelto a realizar proporcionado por el Proveedor en virtud del presente.

  3. ALCANCE DEL TRABAJO. El Proveedor proporcionará el Trabajo descrito y de conformidad con la Orden. A menos que se especifique lo contrario en la Orden, el Proveedor proporcionará todo el personal, equipo, suministros, instalaciones y servicios necesarios para llevar a cabo el Trabajo. En caso de que el uso de los Bienes o Servicios por parte de SIONYX requiera una licencia del fabricante u otro tercero, el Proveedor deberá obtener, proporcionar y entregar a SIONYX (sin ningún costo adicional para SIONYX) todas dichas licencias.

  4. ACEPTACIÓN DEL PEDIDO. Este Pedido se considera aceptado y efectivo cuando: (i) la aceptación por escrito del Pedido por parte del Proveedor, (ii) el inicio del Trabajo por parte del Proveedor, o (iii) el Proveedor acepta cualquier pago de SIONYX por el Trabajo, lo que ocurra primero.

  5. ENTREGA. El Trabajo se entregará o realizará de acuerdo con el cronograma, las instrucciones de envío y el lugar de entrega establecidos en el anverso de la OC. El Proveedor será razonable por todos y cada uno de los costos adicionales incurridos como resultado del incumplimiento por parte del Proveedor de las instrucciones de entrega y envío de SIONYX. A menos que se establezca lo contrario en el anverso de la OC, todos los Bienes enviados bajo la OC se entregarán FOB Destino, INCOTERMS 2020; y:
    1. Fecha de entrega y cantidad
      1. El tiempo es esencial en esta Orden.
      2. La fecha especificada para la entrega es la fecha de entrega requerida en las instalaciones de SIONYX. El Vendedor confirmará la aceptación de la fecha de entrega o propondrá una nueva fecha de entrega (la “Fecha Prometida”) cuando acepte el Pedido.
      3. SIONYX tiene derecho a rechazar, a expensas del Proveedor, cualquier Bien entregado más de dos (2) días hábiles antes de la fecha de entrega programada, y el Proveedor deberá volver a entregar dichos Bienes en la fecha de entrega programada.
      4. Si SIONYX opta por retener los Bienes entregados antes de la fecha de entrega programada, SIONYX puede realizar el pago de acuerdo con el cronograma de entrega original.
      5. Si el Proveedor no entrega los Bienes conformes en su totalidad en la fecha de entrega, SIONYX puede rescindir el Pedido de inmediato mediante notificación por escrito al Proveedor y el Proveedor indemnizará a SIONYX por cualquier pérdida, reclamo, daño y costos y gastos razonables directamente atribuibles al Proveedor. falta de entrega de los Bienes en la fecha de entrega.
      6. Si el Proveedor entrega una cantidad de Bienes superior a la solicitada, SIONYX puede, a su exclusivo criterio, quedarse con la cantidad adicional sin aumentar el costo para SIONYX, o rechazar todos o cualquier exceso de Bienes. Cualquier Bien rechazado será devuelto al Proveedor por cuenta y riesgo del Proveedor.
      7. La aceptación de entregas anticipadas o tardías no se considerará una modificación de la obligación del Vendedor de realizar entregas futuras de acuerdo con el cronograma de entrega que figura en el anverso de la OC.
    2. La entrega se considerará completa de la siguiente manera:
      1. Para los Bienes, cuando SIONYX haya recibido y aceptado la cantidad requerida de bienes en el Lugar de Entrega, sin perjuicio de la entrega a cualquier transportista.
      2. Para los Servicios, cuando los servicios hayan sido realizados, recibidos y aceptados por SIONYX.
    3. Los Bienes se embalarán para su envío de acuerdo con las instrucciones de SIONYX o, si no hay instrucciones, de manera suficiente para garantizar que los Bienes se entreguen sin daños y de acuerdo con los estándares de la industria. Cuando corresponda, para las piezas de dispositivos sensibles a la electricidad estática (ESD), el Proveedor se asegurará de que los Bienes estén correctamente embalados e identificados según lo requerido en ANSI/ESD-S20.20 (p. ej., colocados en paquetes, tubos, transportadores, bolsas conductoras, etc., conductores o disipadores de estática). ., para el envío) con el embalaje indicando claramente que contiene artículos sensibles a la descarga electrostática. El proveedor debe proporcionar a SIONYX un aviso previo razonable por escrito si requiere que SIONYX devuelva cualquier material de embalaje. Cualquier devolución de dicho material de embalaje correrá a cargo del Proveedor.
  6. INSPECCIÓN. El Proveedor es totalmente responsable del diseño, la fabricación y la construcción de los Bienes y del cumplimiento de todos los términos, condiciones, especificaciones, dibujos y códigos. SIONYX tendrá derecho a inspeccionar los Bienes y los procesos de fabricación y las instalaciones del Proveedor utilizados en la producción de los Bienes en todo momento razonable. El proveedor proporcionará toda la información, las instalaciones y la asistencia necesarias para una inspección segura y conveniente sin cargo adicional. SIONYX tendrá un tiempo razonable, pero no menos de treinta (30) días después de la recepción para inspeccionar los Bienes. Ninguna inspección (o elección de no inspeccionar) eximirá al Proveedor de sus obligaciones de proporcionar todo el Trabajo en estricta conformidad con los requisitos de esta Orden y SIONYX tendrá derecho a realizar más inspecciones después de que el Proveedor haya llevado a cabo sus acciones correctivas. Se acuerda expresamente que las inspecciones y/o pagos previos a la entrega no constituirán la aceptación definitiva.
  7. Si se descubre algún Trabajo no conforme, SIONYX puede, a su exclusivo criterio:

    1. aceptar el Trabajo a un precio razonablemente reducido;
    2. solicitar al Proveedor que repare, reemplace o vuelva a realizar el Trabajo con prontitud a cargo del Proveedor, incluidos todos los costos de envío y transporte relacionados;
    3. devolución a cargo del Proveedor y solicitar al Proveedor que reembolse el precio de compra de los Bienes rechazados; o
    4. devolver, volver a realizar, reparar, reemplazar o volver a adquirir el Trabajo no conforme a cargo del Proveedor si la reparación, el reemplazo, la nueva ejecución o el reembolso del Trabajo por parte del Proveedor no son oportunos o satisfactorios para SIONYX.
  8. PRECIO. En contraprestación por el Trabajo, SIONYX pagará al Proveedor la(s) cantidad(es) descrita(s) en el Pedido (“Precio del Contrato”). El Precio del Contrato incluye el precio de los Bienes y/o Servicios proporcionados. Otros costos, que pueden incluir embalaje, envío/transporte, cargos de flete, seguro, aranceles, tarifas, instalación y todos los impuestos aplicables, se cotizarán por separado. 

  9. FACTURAS. El Proveedor debe enviar una Factura adecuada (definida a continuación) a SIONYX para que se le pague por el Trabajo. Para los fines de esta Orden, una "Factura adecuada" significará, como mínimo, una factura que contenga el nombre del Proveedor, la dirección del Proveedor, el número de Orden SIONYX asociado con este trabajo, la fecha de la factura, una descripción de los Bienes/Servicios que se facturan, precio(s) unitario(s), fecha(s) de entrega y/o servicio y precio total de compra. SIONYX se reserva el derecho de rechazar todas y cada una de las facturas que no cumplan con las especificaciones descritas en esta sección. El Vendedor enviará la factura a SIONYX al momento de la entrega de los Bienes y/o la finalización de los Servicios. Las facturas se enviarán por correo electrónico a AP@SIONYX.com.

  10. PAGO. SIONYX pagará al Proveedor en dólares estadounidenses en o antes de los últimos sesenta (60) días a partir de (i) la recepción de una Factura adecuada o (ii) la aceptación del Trabajo cubierto por una Factura adecuada. El pago se realizará por el método especificado en el formulario de registro del Vendedor. SIONYX puede realizar cualquier ajuste en las facturas del Proveedor debido a faltantes, retrasos en la entrega, rechazos u otro incumplimiento de los requisitos de esta Orden antes del pago. El pago no constituirá la aceptación definitiva. SIONYX no pagará multas ni cargos por pago atrasado. SIONYX no está obligado a pagar ninguna factura recibida del Proveedor más de 120 días después de que SIONYX acepte el Trabajo o reciba los Bienes.

  11. AVISOS; REPRESENTANTES. Todos los avisos a continuación se enviarán a las personas y direcciones que figuran en la orden de compra. Las notificaciones se harán por escrito y podrán ser enviadas por correo electrónico en formato PDF; manualmente; por correo de los EE. UU., franqueo prepago; o por un servicio de mensajería reconocido a nivel nacional. El comprador de SIONYX mencionado en la Orden, o su delegado autorizado en caso de que no estén disponibles, son las únicas personas autorizadas para actuar en nombre de SIONYX en virtud de esta Orden. Las conversaciones con SIONYX que afecten el precio del contrato, el cronograma, el trabajo y los términos del pedido se realizarán únicamente con el comprador o delegado autorizado de SIONYX.

  12. CAMBIOS. SIONYX puede, de vez en cuando, mediante notificación por escrito al Proveedor, suspender, detener o realizar cambios en el Trabajo. Si dicha suspensión, detención o cambio causa un aumento o disminución sustancial en el costo o el tiempo requerido para la realización de cualquier parte del Trabajo, las Partes negociarán un ajuste equitativo apropiado en el precio o el cronograma de entrega, o ambos, y modificará la Orden en consecuencia.
  13. Como condición previa a cualquier ajuste equitativo, el Proveedor debe notificar a SIONYX por escrito sobre la solicitud del Proveedor de un ajuste equitativo, junto con información, documentación y cálculos de costos suficientes que respalden el monto reclamado. A menos que SIONYX indique lo contrario, las solicitudes de ajuste equitativo del Proveedor deben ser recibidas por SIONYX (a) dentro de los diez (10) días a partir de la fecha en que el Proveedor recibe la notificación de SIONYX de un cambio. La falta de acuerdo con cualquier ajuste se considerará una disputa y se resolverá de acuerdo con la Sección 22 (Disputas).

    Cualquier cambio realizado por el Proveedor sin la aprobación por escrito de SIONYX se considerará voluntario por parte del Proveedor y no compensable en virtud de la Orden. Nada de lo dispuesto en este Artículo excusará al Proveedor de proceder con la ejecución de las partes no modificadas de la Orden.

    No obstante lo anterior o cualquier otra disposición de estos Términos, el Proveedor acepta que los cambios en el Trabajo que puedan ser necesarios para cumplir con los requisitos de rendimiento especificados en la Orden no darán derecho al Proveedor a ningún ajuste en el precio o la entrega.

  14. INFORMACIÓN DEL PROPIETARIO. Las Partes pueden divulgar información de propiedad exclusiva entre sí como parte de esta Orden. Cada Parte acuerda que:
    1. usar o divulgar únicamente la información de propiedad exclusiva de la otra Parte en cumplimiento de esta Orden (cualquier otro uso o divulgación requiere aprobación por escrito);
    2. limitar el acceso a la información de propiedad de la otra Parte a aquellos empleados, consultores, agentes o abogados ("Representantes") que deben tener acceso a ella para los fines de esta Orden. Todos los Representantes deben estar sujetos a un acuerdo de confidencialidad con términos al menos tan restrictivos como los contenidos en este documento, y cada Parte será responsable del cumplimiento de sus Representantes en virtud del presente.
    3. usar el mismo grado de cuidado para mantener y proteger la información de propiedad de la otra Parte que aplica a su propia información de propiedad de igual importancia, pero en ningún caso con menos de un grado de cuidado razonable.

    Las obligaciones relacionadas con la protección y el uso de la información de propiedad exclusiva divulgadas en virtud del presente sobrevivirán y continuarán durante un período de cinco (5) años después del vencimiento o terminación anticipada de esta Orden.

  15. PUBLICIDAD. No se realizará ningún comunicado de prensa, mercadeo, anuncio público, negación o confirmación de ninguna parte del tema de esta Orden sin el consentimiento previo por escrito de SIONYX. El proveedor no utilizará el nombre, el logotipo o la marca comercial de SIONYX sin el consentimiento previo por escrito de SIONYX. Las restricciones de este párrafo sobrevivirán a la finalización o terminación de esta Orden.

  16. DERECHOS DE PROPIEDAD .
    1. Propiedad SIONYX. Todos los dibujos, herramientas, plantillas, troqueles, accesorios, materiales, especificaciones, información, datos, software y otros bienes suministrados o pagados por SIONYX serán y seguirán siendo propiedad de SIONYX ("Propiedad de SIONYX"), que se devolverán a SIONYX a petición de SIONYX. El Proveedor utilizará la Propiedad de SIONYX únicamente en la ejecución del Trabajo en virtud de este Pedido, a menos que SIONYX dé su consentimiento por escrito.
    2. Propiedad intelectual. Cualquier invención o propiedad intelectual concebida, escrita, desarrollada o generada por primera vez por el Proveedor en el cumplimiento de este Pedido, o que se derive o se base en el uso de la Propiedad SIONYX (colectivamente, la "IP en primer plano"), se considerará ser propiedad de SIONYX. Por la presente, el Proveedor cede sus derechos sobre la propiedad intelectual en primer plano a SIONYX y ejecutará los documentos necesarios para perfeccionar el título de propiedad de SIONYX. A menos que se acuerde expresamente lo contrario en un escrito contemporáneo o posterior en contrario o se establezca expresamente en esta Orden, cualquier trabajo realizado de conformidad con esta Orden que incluya cualquier derecho de autor se considerará un "trabajo hecho por encargo". En la medida en que cualquiera de dichos trabajos no califique como un "trabajo hecho por encargo", el Vendedor cede a SIONYX todos sus derechos de propiedad intelectual, incluidos sus derechos de autor, en dichos trabajos con vigencia inmediata después de la creación de dichos trabajos, incluso cuando son fijado primero en un medio tangible.
  17. GARANTÍA. Además de la garantía estándar del Proveedor, el Proveedor garantiza que:
    1. Si los Bienes se suministran en virtud de esta Orden, dichos Bienes deberán (i) estar libres de defectos de diseño, materiales y mano de obra, (ii) ser adecuados para el uso previsto, (iii) ser nuevos y (iv) cumplir con las normas aplicables. especificaciones, dibujos y estándares de calidad y desempeño.
    2. Si se están brindando Servicios, dichos Servicios se realizarán (i) de manera correcta y eficiente, (ii) por personal con la experiencia, habilidad, calificaciones, capacitación y licencias requeridas, y (iii) de acuerdo con las normas profesionales aplicables. estándares actualmente reconocidos en la industria.
    3. El Trabajo, incluidos, entre otros, los productos fabricados, las máquinas, los dispositivos, el material, el software y el firmware, que no sean del diseño, la composición o la fabricación de SIONYX, estará libre y libre de infracción de cualquier patente, derecho de autor, marca registrada, máscara válida. obras, secretos comerciales u otros derechos de propiedad que sean propiedad o estén controlados por un tercero.
    4. El Trabajo se realizará de conformidad con todas las leyes o reglamentaciones aplicables, incluidas las descritas en las Secciones 32 (Cumplimiento de las leyes y requisitos gubernamentales) y 32 (Igualdad de oportunidades).

    Las garantías anteriores sobrevivirán a cualquier entrega, inspección, aceptación o pago por parte de SIONYX durante (i) un (1) año a partir de la entrega de los Bienes o la prestación de los Servicios, o (ii) el período de garantía estándar del Proveedor, lo que sea mayor.

  18. INDEMNIZACIÓN. “Reclamaciones” significará todas y cada una de las alegaciones, reclamos, acciones, juicios, demandas, daños, responsabilidades, pérdidas, obligaciones, acuerdos, juicios, costos y gastos, incluidos, entre otros, los honorarios y costos razonables de los abogados. "Indemnizados de SIONYX" significará SIONYX y sus directores, funcionarios, empleados, agentes, afiliados, vendedores, proveedores y clientes. “Agentes de proveedores” significa Proveedor y sus directores, funcionarios, empleados, agentes, afiliados, vendedores, subcontratistas y proveedores.

    El Proveedor indemnizará y defenderá a los Indemnizados de SIONYX de y contra todos y cada uno de los Reclamos que surjan o se relacionen con:

    • Actos u omisiones de los Agentes del Proveedor mientras se encuentran en las Instalaciones (definido en la Sección 29);
    • La mala conducta, la negligencia o el fraude intencionales o deliberados de los Agentes del proveedor;
    • lesiones personales, muerte o pérdida de propiedad o daños atribuidos o causados ​​por el Trabajo; o
    • Incumplimiento por parte de los Agentes del proveedor de cualquier representación, garantía, promesa, obligación o convenio hecho en este documento, incluidas las garantías de la Sección 15.

    SIONYX notificará de inmediato al Proveedor sobre cualquier Reclamo real o potencial por el cual se busque defensa o indemnización. En el caso de que se busque defensa o indemnización por un Reclamo, el Proveedor contratará un abogado calificado e independiente que sea razonablemente aceptable para SIONYX, con experiencia demostrable en la defensa de Reclamos del tipo que se defenderá.

    Después de que el Proveedor asuma la defensa de una Reclamación, el Proveedor podrá impugnar, pagar o resolver las Reclamaciones sin el consentimiento de SIONYX solo si esa resolución (1) no implica ninguna admisión por parte de SIONYX de que violó alguna ley o infringió los derechos de cualquier persona, (2) no tiene efecto sobre ningún otro Reclamo contra SIONYX, (3) proporciona como única compensación del reclamante daños monetarios que el Proveedor paga en su totalidad, y (4) requiere que el reclamante libere a SIONYX de toda responsabilidad alegado en la Demanda.


  19. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD. EXCEPTO POR EL INCUMPLIMIENTO DE LA SECCIÓN 12 (INFORMACIÓN PROPIETARIA) Y LAS OBLIGACIONES DE INDEMNIZACIÓN BAJO LA SECCIÓN 16, EN NINGÚN CASO CUALQUIERA DE LAS PARTES SERÁ RESPONSABLE ANTE LA OTRA POR DAÑOS ESPECIALES, EJEMPLARES, INCIDENTALES, CONSECUENTES, PUNITIVOS U OTROS DAÑOS INDIRECTOS DE CUALQUIER TIPO, O LUCRO CESANTE, INDEPENDIENTEMENTE DE LA TEORÍA JURÍDICA BAJO LA CUAL SE BUSCAN DICHOS DAÑOS, E AUNQUE SE HAYA ADVERTIDO A UNA PARTE DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS.

  20. REQUISITOS DE SEGURO. Sin perjuicio de la obligación del Proveedor de indemnizar a SIONYX, el Proveedor adquirirá a sus expensas y mantendrá durante la vigencia de este Pedido, y se asegurará de que sus Agentes del Proveedor (definidos en la Sección 16) que proporcionan Trabajo bajo este Pedido también adquieran y mantengan las pólizas de seguro requeridos a continuación con compañías de seguros financieramente responsables, y con límites de póliza no menores a los indicados a continuación.
    1. Compensación de trabajadores: Cobertura de obligaciones estatutarias impuestas por las leyes de los Estados en los que el Proveedor realizará el Trabajo.
    2. Responsabilidad Civil de Automóviles Comerciales: Cobertura para el uso de todos los vehículos propios, ajenos y alquilados con límites de no menos de $1,000,000 por incidente, límite único combinado por responsabilidad por lesiones corporales y daños a la propiedad.
    3. Responsabilidad Comercial General: Cobertura por lesiones corporales y daños a la propiedad de terceros, lesiones personales, productos y operaciones completadas, responsabilidad contractual y responsabilidad de contratistas independientes con límites no inferiores a $1,000,000 por evento y $2,000,000 en total.

    Las coberturas de seguro requeridas anteriormente serán primarias y no contributivas con respecto a cualquier otro seguro que pueda mantener SIONYX. Sin perjuicio de cualquier disposición contenida en este documento, los Agentes de proveedores no están asegurados por SIONYX y no están cubiertos por ninguna póliza de seguro que SIONYX haya obtenido o tenga vigente. Cualesquiera retenciones, deducibles y exclusiones de cobertura autoaseguradas en las pólizas requeridas bajo esta Sección serán asumidos por, por cuenta y riesgo exclusivo del Proveedor y serán pagados por el Proveedor. En ningún caso, la responsabilidad del Proveedor en virtud de esta Orden se limitará al alcance de cualquier seguro o los límites mínimos requeridos en el presente. En caso de que los Agentes del Proveedor ingresen a las Instalaciones de SIONYX (definidas en la Sección 29) para realizar el Trabajo, el Proveedor nombrará a SIONYX como asegurado adicional en sus pólizas de seguro.

    A solicitud de SIONYX, el Proveedor deberá proporcionar certificados de seguro que demuestren las pólizas de seguro anteriores, incluida la evidencia de la condición de asegurado adicional. El hecho de que SIONYX no exija dichos certificados o identifique cualquier deficiencia en el seguro provisto no se interpretará ni se considerará como una renuncia a las obligaciones del Proveedor de mantener las coberturas de seguro anteriores.

  21. TERMINACIÓN.
    1. Terminacion por conveniencia. SIONYX puede rescindir este Pedido, en su totalidad o en parte, en cualquier momento mediante notificación por escrito con diez (10) días de antelación al Proveedor.
    2. Terminación por Incumplimiento. Cualquiera de las Partes podrá, mediante notificación por escrito a la otra Parte, rescindir esta Orden por incumplimiento ante la ocurrencia de cualquiera de los siguientes:
      1. Una Parte se declara insolvente o es objeto de procedimientos en virtud de cualquier ley relacionada con la quiebra o el alivio de los deudores, o admite por escrito su incapacidad para pagar sus deudas a su vencimiento.
      2. Una Parte incumple materialmente sus obligaciones en virtud de esta Orden y no subsana dicho incumplimiento dentro de un período de diez (10) días después de recibir la notificación de la Parte que no incumple especificando dicho incumplimiento.

      Si esta Orden se rescinde debido a un incumplimiento sustancial del Proveedor, SIONYX puede procurar u obtener, en los términos y de la manera que SIONYX considere apropiados, suministros o servicios similares al Trabajo rescindido, y el Proveedor será responsable ante SIONYX por cualquier exceso costos de dichos suministros o servicios similares.

    3. Efecto de la Terminación. Al momento de la rescisión, ya sea en su totalidad o en parte, el Proveedor transferirá el título y entregará a SIONYX, en la forma y en la medida en que SIONYX lo solicite por escrito, el Trabajo completo o parcialmente completo, incluidos artículos, materiales, piezas, herramientas, troqueles. , patrones, plantillas, accesorios, planos, dibujos, información y derechos contractuales que el Proveedor haya producido o adquirido durante la ejecución de la parte rescindida de esta Orden.

    4. Si esta Orden se rescinde por conveniencia, SIONYX reembolsará equitativamente al Proveedor siguiendo los procedimientos descritos en la Sección 11 (Cambios). Si este Pedido se rescinde por incumplimiento, SIONYX pagará al Proveedor el Precio del Contrato por los artículos terminados entregados y aceptados por SIONYX, y el valor justo de los demás artículos así solicitados y entregados. Independientemente del motivo de la rescisión, en ningún caso dicho valor podrá exceder el Precio del Contrato por dichos artículos.

      En la medida en que este Pedido se rescinda parcialmente, el Proveedor continuará realizando las partes no rescindidas de este Pedido. SIONYX no tendrá ninguna obligación con el Proveedor con respecto a la parte rescindida de esta Orden, excepto lo dispuesto en el presente. En caso de incumplimiento material de esta Orden por parte del Proveedor, los derechos de SIONYX tal como se establecen en el presente se sumarán a los demás derechos de SIONYX por ley o en equidad no establecidos en esta Orden.

  22. FUERZA MAYOR. Ninguna de las Partes será responsable de los daños que resulten del incumplimiento debido a causas más allá del control razonable y previsible de esa Parte, y sin culpa o negligencia de dicha Parte. Dichas causas incluyen, entre otras, actos de Dios o del enemigo público, actos del gobierno en su capacidad soberana o contractual, incendios, inundaciones, epidemias, terrorismo, restricciones de cuarentena, huelgas, embargos de carga y clima inusualmente severo. . En el caso de que el cumplimiento de esta Orden se vea obstaculizado, retrasado o afectado negativamente por causas del tipo descrito anteriormente ("Fuerza mayor"), la Parte cuyo cumplimiento se vea afectado deberá notificarlo al representante autorizado de la otra Parte por escrito y, en A opción de SIONYX, este Pedido puede modificarse o rescindirse con los ajustes al cronograma de entrega y al Precio del Contrato que razonablemente se requieran por la existencia de Fuerza Mayor.

  23. LEY. Esta Orden se regirá e interpretará de conformidad con las leyes de la Mancomunidad de Massachusetts, sin tener en cuenta sus disposiciones sobre conflictos de leyes. Los derechos y obligaciones de las Partes en virtud de esta Orden no se regirán por las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos para la Venta Internacional de Mercaderías de 1980 o la Convención de las Naciones Unidas sobre el Período de Prescripción en la Venta Internacional de Mercaderías, y sus enmiendas.

  24. CONTROVERSIAS. Cualquier reclamo, controversia o disputa que pueda surgir en virtud o en relación con esta Orden ("Disputa"), se reducirá por escrito y se presentará para su resolución a los niveles gerenciales ascendentes de las Partes respectivas. Cualquier disputa que no pueda resolverse a satisfacción mutua de ambas Partes, después de negociaciones de buena fe, dentro de los noventa (90) días a partir de la fecha en que la otra Parte reciba el reclamo por escrito, podrá ser resuelta por un tribunal de jurisdicción competente. Las Partes aceptan la jurisdicción personal y exclusiva y el lugar de los tribunales federales y estatales de los condados de Middlesex y Essex, Massachusetts. En la medida permitida por la ley aplicable, las Partes renuncian a cualquier derecho que puedan tener a un juicio por jurado.

  25. Sin perjuicio de lo anterior, cualquiera de las Partes puede solicitar medidas cautelares u otras medidas equitativas en cualquier momento en cualquier tribunal de jurisdicción competente por incumplimiento de sus obligaciones de confidencialidad en virtud de la Sección 12 o infracción de sus derechos de propiedad intelectual.

    En espera de cualquier enjuiciamiento, apelación o decisión final o resolución de cualquier Disputa, el Proveedor procederá con diligencia, según las instrucciones de SIONYX, con el cumplimiento de esta Orden.

    Nada en esta Sección ni ninguna autorización u oferta que pueda hacerse se considerará que constituye aceptación o reconocimiento por parte de SIONYX de la validez de la reclamación del Proveedor o cualquier parte de la misma, ni se considerará que limita o restringe de alguna manera a SIONYX de tomar cualquier acción, incluidos los recursos disponibles, que considere apropiados para proteger sus propios intereses.

  26. NOTIFICACIÓN DE INCIDENTE DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN. Para los fines de esta cláusula, un "Incidente de seguridad de la información" significa cualquier violación de datos real o sospechada, incidente cibernético u otro incidente del que el Proveedor realmente sea consciente, o razonablemente debería ser consciente, que implique o se refiera de otro modo a la pérdida, uso indebido, acceso no autorizado o no intencionado. a, modificación o destrucción de SIONYX: (i) datos, (ii) sistemas, (iii) información de propiedad exclusiva, (iv) información no clasificada controlada (como se define ese término en 32 CFR §2002.4) (colectivamente, (i) a través de (v) se denominan “Información sensible”).

  27. El Proveedor notificará de inmediato, pero en ningún caso después de las setenta y dos (72) horas posteriores al conocimiento del Proveedor de un Incidente de seguridad de la información, al Departamento de Compras de SIONYX al SC@SIONYX.com de dicho Incidente de Seguridad de la Información. A expensas exclusivas del Proveedor, el Proveedor inmediatamente (a) investigará cualquier Incidente de seguridad de la información; (b) emprender todos los esfuerzos para proteger la Información confidencial de SIONYX y mitigar el impacto del Incidente de seguridad de la información; (c) proporcionar información continua, oportuna y relevante a SIONYX, incluidas solicitudes de información y actualizaciones de estado; (d) informar a SIONYX, al menos una vez por semana hasta que se resuelva el Incidente de Seguridad de la Información, los esfuerzos de mitigación del Proveedor relacionados con el Incidente de Seguridad de la Información; (e) cooperar con SIONYX para notificar oportunamente a los terceros afectados, si es necesario; (f) cooperar con SIONYX en relación con cualquier investigación independiente que SIONYX desee realizar con respecto a dicho Incidente de seguridad de la información; (g) cumplir con todos los requisitos legales y reglamentarios, con respecto a la protección de la Información confidencial, incluidos los requisitos de notificación y notificación, con respecto al Incidente de seguridad de la información; y (h) cooperar con SIONYX en la identificación de los pasos razonables que deben implementarse para limitar, detener o remediar cualquier Incidente de seguridad de la información. Durante los tres (3) años posteriores a la resolución de un Incidente de seguridad de la información, SIONYX tendrá acceso y derecho a examinar, reproducir y auditar los registros del Proveedor relacionados con el Incidente de seguridad de la información y las obligaciones del Proveedor en virtud de esta cláusula.

  28. RELACION GENERAL. El proveedor no es un empleado de SIONYX bajo ningún concepto. El Proveedor acepta que en todos los asuntos relacionados con esta Orden, actuará como un contratista independiente y asumirá y pagará todas las responsabilidades y cumplirá con todas las obligaciones impuestas con respecto al cumplimiento de esta Orden. El Proveedor no tendrá derecho, poder o autoridad para crear ninguna obligación, expresa o implícita, en nombre de SIONYX o su Cliente y no tendrá autoridad para representar a SIONYX como agente.

  29. NO SOLICITACIÓN. El Proveedor no solicitará empleo a los empleados de SIONYX en ningún momento durante la ejecución de esta Orden. La restricción anterior no prohibirá la colocación de publicidad de circulación general que pueda ser recibida o vista por los empleados de SIONYX.

  30. NO RENUNCIA DE DERECHOS. El hecho de que una Parte no insista en el cumplimiento estricto de cualquiera de los términos y condiciones de esta Orden, o que no ejerza ningún derecho o recurso, no se interpretará como una renuncia a sus derechos para hacer valer cualquiera de los mismos o confiar en cualquier dichos términos o condiciones en cualquier momento posterior.

  31. CUMPLIMIENTO DE EXPORTACIONES E IMPORTACIONES. El Proveedor deberá cumplir con las leyes y regulaciones de los Estados Unidos relacionadas con las exportaciones y las transacciones extranjeras, incluidas, entre otras, las Regulaciones de tráfico internacional de armas (ITAR) y las Regulaciones de administración de exportaciones (EAR). En particular, el Proveedor no divulgará ningún dato técnico, ni entregará ni exportará ningún producto fabricado mediante el uso de datos técnicos, fuera de los Estados Unidos o a entidades extranjeras dentro de los Estados Unidos, sin la debida autorización por escrito del Gobierno de los Estados Unidos.

  32. CESIONES Y SUBCONTRATOS. Este Pedido no es asignable y no será asignado por el Proveedor sin el consentimiento previo por escrito de SIONYX. Además, el Proveedor acepta obtener la aprobación de SIONYX antes de subcontratar cualquier parte sustancial de este Pedido.

  33. ENTRADA A LAS INSTALACIONES DE SIONYX. En caso de que un Agente del proveedor ingrese a las instalaciones o propiedad de SIONYX (las "Instalaciones") por cualquier motivo en relación con esta Orden, el Proveedor deberá (a) cumplir con todas las normas de seguridad, protección, conducta, credencialización e identidad personal, y requisitos relacionados de SIONYX mientras se encuentra en las Instalaciones; y (b) proporcionar la información razonablemente requerida por SIONYX para garantizar la identificación adecuada del Agente del proveedor. SIONYX puede, a su exclusivo criterio, hacer que el Proveedor retire a cualquier Agente del Proveedor de las Instalaciones y solicite que dicho Agente del Proveedor no sea reasignado para realizar ningún Trabajo o ingresar a las Instalaciones en virtud de esta Orden.

  34. FIN DE VIDA Y SOPORTE.  El Proveedor deberá notificar a SIONYX por escrito si cualquier Bien, incluidas las partes, subcomponentes, componentes, ensamblajes o subensamblajes, en los Bienes entregados en virtud del presente, incluidos los suministrados por los proveedores de nivel inferior del Proveedor, está o se espera que esté fuera de producción o ya no estará disponible comercialmente. Dicho aviso deberá: (i) proporcionarse a SIONYX al menos doce (12) meses antes de la fecha prevista de interrupción o indisponibilidad, o si el aviso de doce (12) meses no es razonable dadas las circunstancias, tan pronto como sea posible en la práctica; y (ii) identificar específicamente el nombre y dirección del proveedor y la parte por nombre, número de parte, función y ubicación en el Bien entregado. En tal caso, el Proveedor pondrá a disposición de SIONYX y por la presente otorga a SIONYX una licencia libre de regalías para usar todos los dibujos, especificaciones, datos y conocimientos para permitir que SIONYX o el cliente de SIONYX fabriquen o adquieran el Bien, el componente, el subensamblaje o la pieza de repuesto. .

  35. CONTROL DE CALIDAD Y NO CONFORMIDAD
    1. Los Bienes se ajustarán estrictamente a la descripción, planos, especificaciones y muestras. Si no existen descripciones, planos, especificaciones o muestras específicas, y en la medida en que no sean explícitos, los Bienes deberán ser nuevos, de último diseño o modelo conforme a los requisitos de SIONYX y de la mejor calidad. 
    2. El Proveedor no puede sustituir Bienes o partes de Bienes. Si SIONYX recibe Bienes que no cumplen con estos requisitos, SIONYX puede rechazar dicho envío en su totalidad o en parte notificando al Proveedor. El Proveedor retirará dichos Bienes rechazados a expensas del Proveedor dentro de los diez (10) días posteriores a la fecha de la notificación de SIONYX al Proveedor. Si SIONYX determina o tiene motivos para creer que los Bienes contienen piezas sospechosas o falsificadas, SIONYX notificará al Proveedor, incautará las piezas sospechosas o falsificadas e informará todos los casos a ERAI o al Programa de Intercambio de Datos de la Industria Gubernamental (GIDEP) .
    3. El Proveedor deberá notificar a SIONYX dentro de las cuarenta y ocho (48) horas posteriores al descubrimiento por parte del Proveedor de que un Bien o Servicio no es conforme. Si el Proveedor entrega Bienes o Servicios no conformes, SIONYX puede, a su discreción y por cuenta del Proveedor: 
      1. rechazar los Bienes o Servicios para obtener un reembolso completo o un crédito; 
      2. aceptar todo o parte del Bien o Servicio a una reducción de precio acordada mutuamente u otra consideración; 
      3. solicitar al Proveedor que corrija o reemplace de inmediato los Bienes o Servicios; 
      4. obtener Bienes o Servicios conformes de otra fuente; 
      5. cancelar la Orden de Compra por incumplimiento, o
      6. ejercer cualquier otro derecho o recurso aplicable. 
    4. SIONYX especificará por escrito el motivo de cualquier rechazo de Bienes o Servicios no conformes. Si SIONYX elige rechazar los Bienes o Servicios no conformes, el Proveedor deberá proporcionar instrucciones de disposición con respecto a los Bienes o Servicios no conformes y, si corresponde, la fecha en que los Bienes o Servicios no conformes serán reparados o reemplazados y devueltos a SIONYX. El Proveedor asumirá todos los riesgos de pérdida por los Bienes o Servicios no conformes y será responsable de cualquier aumento en los costos, incluidos los costos de reprocesamiento, atribuibles al rechazo de SIONYX de los Bienes o Servicios no conformes. Si SIONYX rechaza Bienes o Servicios como no conformes y el Proveedor no reconoce el rechazo y el plan de disposición de SIONYX para los Bienes o Servicios, SIONYX tendrá derecho a disponer de los Bienes o Servicios no conformes sin responsabilidad para el Proveedor. Además, SIONYX puede optar por devolver los Bienes o Servicios no conformes al Vendedor a riesgo de pérdidas y gastos del Vendedor.
  36. CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES Y REQUISITOS GUBERNAMENTALES. El proveedor deberá, en todo momento, adherirse a los más altos estándares de ética comercial y cumplir cuidadosamente con todas las leyes, estatutos, leyes, reglamentos, reglas, ordenanzas, directivas gubernamentales y órdenes federales, estatales y locales aplicables ahora en vigor o en el futuro. promulgadas, incluidas las relacionadas con las relaciones laborales, los salarios, las horas de trabajo, la lucha contra la trata de personas, la igualdad de oportunidades de empleo, la protección de datos, los asuntos ambientales, las instalaciones no segregadas, la salud y la seguridad, y la integridad de las adquisiciones (por ejemplo, la Ley de Integridad de las Adquisiciones, 41 USC § 2104-107). El Proveedor obtendrá por su propia cuenta los permisos o licencias necesarios para realizar la Obra.

  37. IGUALDAD DE OPORTUNIDADES. SIONYX y el Proveedor deberán cumplir con los requisitos de 41 CFR 60–1.4(a), 60–300.5(a) y 60– 741.5(a). Estas reglamentaciones prohíben la discriminación contra personas calificadas en función de su condición de veteranos protegidos o personas con discapacidades, y prohíben la discriminación contra todas las personas en función de su raza, color, religión, sexo, orientación sexual, identidad de género u origen nacional. Además, estas reglamentaciones requieren que los contratistas principales y proveedores cubiertos tomen medidas afirmativas para emplear y ascender en el empleo a personas sin distinción de raza, color, religión, sexo, orientación sexual, identidad de género, origen nacional, discapacidad o condición de veterano.

  38. MODIFICACIÓN. Cualquier modificación o cambio a esta Orden debe hacerse por escrito y firmado por el representante autorizado de las Partes.

  39. DIVISIBILIDAD. En la medida en que lo permita la ley aplicable, las Partes renuncian a cualquier disposición legal que invalide o haga inaplicable cualquier cláusula de esta Orden en cualquier aspecto. En el caso de que una disposición de esta Orden se considere inválida o inaplicable, dicha disposición se interpretará para cumplir con su propósito previsto en la máxima medida permitida por la ley aplicable, y las disposiciones restantes de esta Orden continuarán en pleno vigor y efecto.

  40. ACUERDO COMPLETO. Las Partes acuerdan que esta Orden, incluidos todos los documentos incorporados aquí por referencia, constituyen el acuerdo y entendimiento completo entre las Partes y reemplaza y reemplaza todas y cada una de las representaciones, acuerdos o entendimientos anteriores o contemporáneos de cualquier tipo, ya sea escrito u oral, en relación con el objeto del presente.
  41. CLÁUSULAS ESPECIALES APLICABLES A DETERMINADOS PEDIDOS.  Si alguna de las siguientes Cláusulas Especiales no se aplica a esta Orden específica, dichas cláusulas se considerarán autoeliminatorias.

  42. MANEJO DE DATOS PERSONALES. Esta Sección se aplicará si el Proveedor está manejando "Información personal" de los residentes de Massachusetts, como se define en las Regulaciones de Seguridad de la Información de Massachusetts, 201 Code of Mass. Regs. 17.00 y siguientes (el “Reglamento SI”).
  43. El Proveedor acepta que, siempre que tenga acceso o mantenga copias de la Información personal, deberá: (a) cumplir con las Regulaciones de SI, (b) notificar de inmediato a SIONYX sobre cualquier violación de datos sospechada o real que involucre Información personal, y (c ) cooperar con SIONYX para investigar y remediar cualquier violación de datos sospechada o real que involucre información personal.

  44. PIEZAS SOSPECHOSAS/FALSIFICADAS. Esta Sección se aplica si el Proveedor proporcionará Bienes bajo esta Orden.
  45. “Trabajo falsificado” significa Trabajo que es (a) una reproducción, sustitución o alteración ilícita o no autorizada que ha sido mal marcada, mal identificada o tergiversada de otra manera para ser un elemento auténtico, no modificado del fabricante de componentes originales (OCM) o del fabricante de equipos originales (OEM); (b) Trabajo aprobado que ha alcanzado el límite de vida útil del diseño o se ha dañado más allá de la posibilidad de reparación, pero está alterado y tergiversado como aceptable; (c) un artículo que no contiene los materiales o componentes internos o externos adecuados requeridos por el OCM/OEM o que no está construido de acuerdo con la especificación del OCM/OEM; (d) un artículo o componente del mismo que se usa, reacondiciona o reclama pero se tergiversa como si fuera un artículo nuevo; (e) un artículo que no ha superado con éxito todas las pruebas, verificaciones, evaluaciones y controles de calidad requeridos por OCM/OEM, pero se tergiversa que ha cumplido o superado dichos requisitos; (f) un artículo con una etiqueta u otra marca con la intención, o con una probabilidad razonable, de inducir a error a una persona razonable a creer que un artículo que no es OCM/OEM es un artículo OCM/OEM genuino cuando no lo es, incluida, entre otras, la identificación falsa de grado, número de serie, número de lote, código de fecha o características de rendimiento; o (g) un artículo designado como pieza sospechosa de falsificación por el gobierno de los EE. UU., como las piezas enumeradas en las alertas publicadas por la Agencia de Gestión de Contratos de Defensa en el marco del Programa de Intercambio de Datos entre el Gobierno y la Industria (GIDEP). Las piezas que han sido modificadas de conformidad con un requisito de orden de compra específico de SIONYX, como piezas reacabadas, mejoradas o mejoradas que están debidamente identificadas como tales, no se consideran trabajos falsificados.

    El Proveedor declara y garantiza que no entregará a SIONYX artículos, componentes, bienes, ensamblajes u otros elementos que constituyan Trabajo falsificado. La garantía del proveedor contra el trabajo falsificado sobrevivirá a cualquier rescisión o vencimiento de este pedido.

    El Proveedor solo podrá comprar productos para ser entregados o incorporados como Trabajo a SIONYX directamente del OCM/OEM, o de un distribuidor autorizado expresamente por el OCM/OEM. El trabajo no se adquirirá de distribuidores o corredores independientes a menos que SIONYX lo apruebe previamente por escrito.

    El Proveedor deberá notificar inmediatamente a SIONYX si se da cuenta o sospecha que ha proporcionado un Trabajo falsificado. SIONYX puede incautar el Trabajo falsificado para una mayor investigación en cuanto a su autenticidad, y el Proveedor cooperará plenamente con dicha investigación. No se exigirá a SIONYX que devuelva dicho Trabajo falsificado al Proveedor durante dicha investigación o posteriormente. Si, luego de la investigación, SIONYX concluye a su exclusivo juicio que el Trabajo entregado por el Proveedor constituye un Trabajo falsificado, SIONYX podrá denunciar tales hechos al GIDEP.

    Si las Órdenes exigen la entrega de partes electrónicas, se aplican los siguientes requisitos adicionales: (i) El Proveedor deberá cumplir con DFARS 252.246-7007 y 252.246-7008, y se aplicará la definición de "parte electrónica" en el mismo (ii) El Proveedor deberá mantener un proceso que cumple con la revisión más reciente de la norma SAE AS 5553 - Piezas electrónicas falsificadas, prevención, detección, mitigación y disposición; y (iii) si el Proveedor es un distribuidor de piezas electrónicas autorizado por OCM/OEM, el Proveedor deberá mantener un proceso que cumpla con la versión más reciente de la norma SAE AS 6496 - Piezas electrónicas fraudulentas/falsificadas: prevención, detección, mitigación y disposición - Distribución Autorizada/Franquiciada. Si el Proveedor no es un OCM/OEM o un distribuidor autorizado de OCM/OEM, el Proveedor deberá cumplir con la revisión más reciente de la norma SAE 6081 - Piezas electrónicas fraudulentas/falsificadas: prevención, detección, mitigación, disposición - Distribuidores. En caso de cualquier conflicto irreconciliable entre esta cláusula y DFARS 252.246-7007 y 252.246-7008, la DFARS tendrá prioridad.

    Cuando lo solicite SIONYX, el Proveedor deberá proporcionar certificados de conformidad de OCM/OEM y documentación que demuestre una cadena de custodia ininterrumpida de los artículos afectados desde el OCM/OEM aplicable al Proveedor, incluidos, entre otros, el nombre y la ubicación de los intermediarios de la cadena de suministro desde el OCM/OEM a la fuente que suministra directamente al proveedor. Con un aviso razonable, SIONYX puede auditar o inspeccionar los registros o procesos internos del Proveedor para determinar el cumplimiento de esta cláusula o DFARS 252.246-7007, si corresponde.

    En caso de que el Trabajo entregado en virtud de estos Términos constituya o incluya Trabajo falsificado, el Proveedor deberá, a su cargo, reemplazar de inmediato dicho Trabajo falsificado con Trabajo genuino que cumpla con los requisitos de esta Orden. Sin perjuicio de cualquier otra disposición en esta Orden, el Proveedor será responsable de todos los costos internos y externos de SIONYX relacionados con la eliminación y el reemplazo del Trabajo falsificado, incluidos, entre otros, los costos de SIONYX para eliminar el Trabajo falsificado, instalar el Trabajo de reemplazo y cualquier prueba. necesario para la reinstalación del Trabajo después de que se haya intercambiado el Trabajo falsificado. Los recursos contenidos en este párrafo se suman a cualquier recurso que SIONYX pueda tener por ley, equidad o en virtud de otras disposiciones de estos Términos.

    El Proveedor deberá incluir esta cláusula o disposiciones equivalentes en los subcontratos de nivel inferior para la entrega de elementos que se incluirán o suministrarán como Trabajo a SIONYX.

  46. USO DE SOFTWARE DE CÓDIGO ABIERTO. Esta Sección se aplica si el Proveedor usa o incorpora Software de código abierto en el Trabajo que se entrega a SIONYX.
  47. A los fines de esta Sección, "Software de código abierto" significará (a) cualquier software que incorpore o incruste software en, o use software en relación con, como parte de, empaquetado con o junto con cualquier código abierto, disponible públicamente o "gratuito". ” software, biblioteca o documentación, incluidos, entre otros, la Licencia Pública General (“GPL”), la GPL Reducida/de Biblioteca (LGPL), la GPL de Affero (“APL”), la licencia de Apache, la Distribución de Software de Berkeley (“ BSD”), la licencia MIT, la licencia artística (por ejemplo, PERL), la licencia pública de Mozilla (“MPL”), o variaciones de las mismas, incluidas, entre otras, las licencias denominadas “Licencia de software libre”, “Licencia de código abierto”, ” “Licencia pública” o “Licencia compatible con GPL”; (b) software que tiene una licencia de software de código abierto; o (c) el software proporcionado bajo una licencia que sujeta el software entregado a cualquier licencia de software de código abierto, requiere que el software entregado tenga licencia con el fin de realizar trabajos derivados o sea redistribuible sin cargo, u obliga a SIONYX a vender, prestar, distribuir, divulgar o poner a disposición de cualquier tercero el software entregado, o cualquier parte del mismo, en formato de código objeto y/o código fuente, o cualquier producto que incorpore el software entregado, o cualquier parte del mismo, en código objeto y /o formatos de código fuente.

    El Proveedor deberá obtener el consentimiento previo por escrito de SIONYX antes de usar o integrar cualquier Software de código abierto en los Bienes. Si el Proveedor no obtiene dicha autorización por escrito, deberá indemnizar y defender a los Indemnizados SIONYX de acuerdo con la Sección 17 (Indemnización) de y contra cualquier Reclamación relacionada con el uso del Software de código abierto por parte de los Indemnizados SIONYX.

  48. SERVICIOS DE SEGURIDAD Y SALUD AMBIENTAL. Esta Sección se aplica si el Proveedor brindará Servicios de Salud y Seguridad Ambiental ("EHS") relacionados y realizados en las Instalaciones (incluidos los servicios que involucran asbesto, desechos peligrosos, remediación, aguas residuales, seguridad contra incendios y monitoreo de gases tóxicos).
  49. El Proveedor prestará los servicios de EHS en virtud de estos Términos de acuerdo con el nivel de atención y habilidad que normalmente ejercen los profesionales de EHS en circunstancias similares. El Proveedor declara y garantiza que tiene la capacidad, la experiencia, los conocimientos y los medios necesarios para realizar los servicios de EHS contemplados en estos Términos y que todos los servicios se realizarán utilizando personal, equipo y material calificado y/o adecuado para completar los servicios. El Proveedor deberá informar inmediatamente a SIONYX del descubrimiento de cualquier derrame o liberación que, de conformidad con las leyes ambientales, deba ser informado de inmediato. El Proveedor será el único responsable de la eliminación de cualquier muestra de material contaminado que el Proveedor lleve fuera del sitio.

  50. DISPOSICIONES DE FLUJO DEL GOBIERNO FEDERAL. Esta Sección se aplica si la Orden se emite de conformidad con un contrato principal entre SIONYX y el Gobierno de los EE. UU. (como se indica en el anverso de la OC).
  51. El proveedor deberá cumplir con todas las disposiciones federales de flujo descendente aplicables en el Anexo A.